8.-ASIGNACION DE COLACION.
La empresa pagara a los trabajadores que forman parte de este instrumento colectivo, una asignación de colación mensual, y en proporción a los días trabajados, bajo la siguiente estructura:
a) Los trabajadores afectos a este instrumento colectivo que presten servicios bajo jornada completa, pertenecientes al “Anexo N°1”, percibirán un incremento real en la asignación de colación ascendente a $ 6000.- (seis mil pesos) líquidos.
Los trabajadores Part-Time recibirán dicho incremento real de manera proporcional a su jornada de trabajo.
b) Los trabajadores afectos a este instrumento colectivo, incluidos el “Anexo N°2” que presten servicios bajo jornada completa, recibirán una asignación de colación ascendente
a $ 20.080.- (veinte mil ochenta pesos) líquidos.
Los trabajadores Part time recibirán una asignación de colación ascendiente a $ 10.040 (diez mil cuarenta pesos) líquidos.
Estas asignaciones se pagarán en proporción a los días efectivamente trabajados.
