4.- ASIGNACION DE PERDIDA DE CAJA.
El personal de caja que se encuentra afecto a este instrumento colectivo, que presten servicios bajo jornada completa, tendrán derecho a un incremento real en la asignación de cajas ascendentes a $5000.- (cinco mil pesos) líquidos mensuales. En el caso de los trabajadores Part-time, este incremento real se pagará en proporción a su jornada de trabajo.
A esta asignación se descontarán las diferencias negativas de caja, por tanto, en aquellas diferencias positivas no serán descontadas de la asignación ni de la remuneración del trabajador.
Para estos efectos se entiende por diferencias negativas de caja, la diferencia entre la venta registrada en la respectiva caja en cualquier momento y la suma de los valores, dineros, cheques, comprobantes de tarjeta de crédito u otros documentos recaudados hasta ese mismo momento.
Tales diferencias se descontarán en el caso que signifique un resultado en contra del supermercado pasando a constituir la “diferencia de caja” y debe ser pagada por el personal de cajas afecto a este instrumento.
En el evento de que la suma final resulte negativa, es decir, sea mayor al monto del estímulo acumulado por los tres factores explicados, al diferencial restante se descontara de similar estimulo del mes siguiente.
Estas asignaciones se pagarán en proporción a los días efectivamente trabajados.
