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23.-INCREMENTO SUELDO BASE.

 

Los trabajadores afectos al presente instrumento colectivo, incluido el “Anexo N°1”, recibirán por única vez en el mes de noviembre de 2017, un incremento real de sus sueldos base, de acuerdo con la siguiente escala:

 

a).- Trabajadores que perciban sueldo base de hasta $ 400.000 : 4% incremento en sueldo base.

b).- Trabajadores que perciban un sueldo base de entre $ 400.001 hasta los $ 700.000: 2% incremento en sueldo base.

c).- Trabajadores que perciban entre $ 700.001 en adelante: 1% incremento en sueldo base.

Alvi Servi 2000 Diseño y Mantención Cristian Barrera

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