3.- ASIGNACION DE MOVILIZACION.
a) Los trabajadores afectos a este instrumento colectivo, incluidos en el “Anexo N°1 “ percibirán un incremento real en la asignación de movilización, ascendente a $6000.- (seis mil pesos) líquidos mensuales. A su vez, los trabajadores Part-time verán incrementada su asignación de movilización mensual de forma proporcional a su jornada de trabajo.
b) Los trabajadores afectos a este instrumento colectivos incluidos en el “Anexo N°2”, que presten servicio bajo jornada completa, percibirán una asignación de movilización mensual ascendente a $4.450.- (cuatro mil cuatrocientos cincuenta pesos) líquidos.
Quienes posean alguna asignación especial de movilización, mantendrán dicho valor. Estas asignaciones se pagarán en proporción a los días efectivamente trabajados.
